Las marañuelas
Gozón y Carreño —o lo que es lo mismo, Luanco y Candás— abogan por la paternidad de una dulcería, la marañuela, que, salvo algunos concejos y ciudades vecinas como Avilés, Oviedo y Gijón, no tiene continuidad en el resto de los obradores asturianos.
¿Qué son las marañuelas?
A tenor de lo explicado en el Diccionario Bable escrito por Apolinar de Rato en 1891, es «una pasta hecha de mezcla de harina, huevo y azúcar con la que se fabrican en Luanco esas roscas que figuran unas manos cruzadas, de donde toman el nombre». Sara Suárez Solís, en Aportación al léxico de Luanco, obra de 1983, define a la marañuela como «galleta o rosquilla hecha con huevos, mantequilla, harina y azúcar, cocida al horno». Lorenzo Novo Mier la conceptúa como «especie de empanadilla rellena de nuez triturada»; y Sánchez Vicente la define como «especie de bollo frito y duro», añadiendo que «en algunas partes se regala como bollo de Pascua»; definiciones éstas que no parecen estar muy acordes con la realidad candasina o luanquina.
La palabra maraña, de la que en nuestra opinión deriva el término marañuela, es de uso frecuente en toda la literatura española y portuguesa del siglo XVI en adelante. Corominas la supone enraizada con el término baraga (cordón, cordel, lazo...), que posteriormente se transformó en baraña y finalmente en maraña.
El término enmarañar significa, precisamente, enredar, entremezclar; y en Asturias se emplean las palabras maranu y marañu para designar los montones de hierba tal como quedan al ser cortados por el segador.
Reuniendo estos criterios, la palabra marañuela cobra mejor sentido si se la entiende como consecuencia de una especie de pasta de galletas cortada en tiras alargadas (maranos) que después se entrelazan (marañan) formando un ocho.
Marino Busto opina que las marañuelas son «manjar de pasta seca endulzada, típica y originaria de la villa y puerto de Candás»; Apolinar de Rato informa que son de Luanco... ¿Cuál es la verdad? Quizá lo mejor sea contestar con aquellas palabras del agustino Juan Márquez (1564-1621): «atendiendo al interés común y no a las delgadezas marañadas con arte, se hace justicia a las partes». De este modo que Carreño y Gozón se lleven los honores del invento.